Por Yohali Resendiz
Sé que Owen se irá a un albergue del DIF en Toluca pero al final, estará con quién dicte su corazón así lo manden a un albergue en Tombuctú. Vale
No solo es una declaración irresponsable la de la directora jurídica del DIF municipal de Tlanepantla, Clara Camacho, quién "CONFIRMA" a un medio de comunicación que "NINGÚN" familiar del pequeño Owen es hasta el momento viable para quedarse con el menor. La reintegración no es posible. Asegura.
¿El padre de Owen está considerado dentro de "NINGÚN" familiar? Es pregunta.
Nadie dice que el argumento de Camacho sobre que, "todos los familiares han sido complacientes ante los hechos de los que fue víctima el pequeño, porque en todo momento pudieron haberlo evitado" sea una mentira. Porque en efecto así es. Y uno de adulto puedo entender perfectamente las razones cuando esas son explicadas y con claros argumentos.
Pero, ¿Dónde queda LA VOZ DE OWEN? Es pregunta también.
Esta reportera como todos los que han seguido el caso del menor tenemos muy claro, el abuso al que estuvo expuesto Owen, no solo por Rubén Diaz Escamilla, sino por parte de la familia materna. Además la madre consciente todo el tiempo de lo que ocurría dentro de casa calló cobardemente y supo del abuso psicológico, verbal y físico hacia su hijo por parte del "amor de su vida".
Y más...en el hospital la madre de Owen mintió al decir "se cayó". Alertó al agresor Ruben Díaz Escamilla, de que su hijo sería retenido "dice Owen que porque tú le pegas, ¿como ves?" esa llamada de alerta derivó en que él huyera, pudiendo ahí mismo dar con su ubicación para que fuera detenido. Jamás pensó en denunciarlo, lo hizo obligada porque el cuerpo de Owen habló. Mintió de nuevo ante el MP y cuando no pudo más aceptó primero frente al padre biológico de Owen (a solas) y luego ante el MP (en su primera declaración) que "su novio" le había propinado esa golpiza a Owen y quién por cierto, ya había huido gracias a ella.
Ahora bien, las declaraciones de Lourdes, abuela materna de Owen llaman la atención, aquí textual lo que ha dicho ante los medios:
"Nos deshicieron moralmente..el niño vivió con nosotros desde pequeño (según ella desde que nació hasta el pasado 3 de abril del 2014)....y claro que queremos la reintegración familiar..nada más que se siga conforme a derecho". Hasta aquí su aportación al caso para los televidentes.
Yo me pregunto, ¿Quién está mas "desecho/a" moralmente ella o OWEN? Es pregunta...también
¡Y qué coincidencia! Desde que nació hasta el pasado 3 de abril, -justo dos días antes lo dejaron de cuidar- y según consta en la declaración ministerial, dos días después fue brutalmente golpeado hasta causarle fractura en su brazo y golpes en su cuerpo también visibles.
¿Dónde estaba, está abuela materna ahora indignada por lo ocurrido a su nieto? ¿Entonces, supo o no supo de la agresión a Owen? ¿Ella no estuvo aquel 5 de abril en el hospital acompañando a su hija mientras los doctores atendían la fractura del brazo izquierdo de su nieto?
Esta reportera puede confirmar que fue el abuelo quién busco al padre biológico hasta su domicilio y sostuvo la mentira que les contó su hija "Owen se cayó".
Es decir, el mismo cuento de proteger a la pareja de su hija y no salvaguardar la integridad del nieto. Y si me permiten más, fue ella quién aceptó que tenía sospechas del abuso físico e incluso le pidió a Rubén que no lo golpeara.
¿O qué ya le falla la memoria? ¿Por qué no se puso digna y lo denunció? ¿O solo se indigna ante un micrófono de televisión?
Y más, dice que "Reconoce que hay muchos atenuantes contra su hija, pero pide que se investigue a fondo". ¿Para ella cuál es el fondo?
Señala que "se está haciendo una campaña contra su hija como si fuera la única o principal responsable cuando el agresor está prófugo"... Habrá que explicarle a Lourdes, -abuela de Owen- que Ruben, el presunto agresor de su nieto está prófugo porque su hija en un último acto de amor le aviso vía celular para que huyera.
¿Y a que campaña se refiere? ¿A que a todos nos pasó por la mente que la integridad de Owen les valió un comino? ¿Qué sabían de los abusos y callaron? ¿Que fueron los que permitieron y solaparon? ¿Qué fue su hija quién abusando del "poder de ser policía municipal y su novio un narcomenudista" alejó al padre biológico de Owen para estar con él? ¿Que fue su hija quién mintió días antes sobre que Owen se lastimó el brazo? ¿Que fue su hija quién interpuso una demanda por pensión alimentaria a Fabián (padre biológico de Owen) y que a pesar de que a Fabian le descontaban vía nómina en su empresa, ella jamás se presento a recoger la pensión? ¿Que su hija el 16 de mayo volvió a proteger a su novio y era la segunda vez que llevaba a Owen al hospital por golpes de Ruben Diaz Escamilla? O a que se refiere Lourdes con "campaña en contra de su hija", porque no entiendo.
Y más, dice Clara Camacho, Directora Jurídica del DIF en Tlanepantla que "Sobre la negativa a dárselo al papá biológico, señala que él tuvo a su acceso la justicia para haber denunciado que no se lo dejaban ver"
Mmm, ahora sí, el DIF actúa conforme a derecho ¿no? cuando en este caso hay que recordarle a Camacho, que fue una autoridad del mismo DIF que respondió ante la denuncia de una de las pediatras "que como el MP dijo que no había delito que perseguir, ellos -El DIF- no tenía nada que ver en el asunto".
Pero, ¿y dónde entonces quedan los estudios psicológicos practicados a Fabian, realizados por la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas que señalan que la persona más adecuada para que cuide de Owen es justamente Fabian, su padre biológico? ¿O exámenes fuero un matatiempo o un trámite o cómo?
¿Por que no escuchar la voz de Owen de que representa el papá para él? ¿Por qué lo que piense Owen para el DIF no importa? Qué nadie le ha dicho a ella que cuando Owen vio a su padre, este le dijo: Llévame contigo. Y todos, absolutamente todos los que estuvieron en aquella sala del hospital vieron en Owen un cambio de humor -para bien- solo con la presencia de su padre biológico.
¿Eso no cuenta?
¿Por qué si no cuenta, entonces creo que hay algo extraño en los sentimientos de Owen, no?
¿Acaso Owen no hubiera rechazado a su padre biológico si este también lo hubiese maltratado?
¿Acaso no Owen tiene la capacidad de diferenciar a Rubén de Fabian?
¿O acaso creen que por tener 5 años de edad no puede reconocer el amor del maltrato?
Yo no soy autoridad, y al final ellos deciden con quién se irá Owen, por lo pronto se irá al DIF de Toluca en lo que primero atrapan a Ruben Diaz Escamilla, luego en lo que determina el juez lo que ocurrirá con su madre para que al final se lo lleve el padre biológico... Creo que si hubiera tantita, solo tantita capacidad de percepción Camacho se daría cuenta el significado de Fabian en la vida de Owen.
Ya un hombre que no era su padre le destrozó a Owen no solo el intestino sino la capacidad de asimilar ¿en qué falló para ser golpeado?
Por qué no darle la oportunidad a otro hombre -que es su padre biológico- de tenerlo y enseñarle que más allá del lazo sanguíneo hay una medicina llamada amor, que todo lo cura y sana.
Sabemos que Clara Camacho es de las que trabaja duro en el DIF de Tlanepantla, que "quizá su estilo no es el mejor y que es brava", también sabemos que tiene la capacidad de atender víctimas y de sus logros en prevención de violencia y también que ya no puede hablar del tema "Owen" por "instrucción".
Finalmente le comparto a Clara Camacho, el siguiente tratado:
EL CUIDADO POR PARTE DE LA FAMILIA BIOLÓGICA
"En principio, la familia con la que tienen derecho a convivir los niños es aquella que les ha dado la vida. De este modo, constituye un principio jurídicamente reconocido, tanto a nivel nacional como internacional, que los hijos únicamente no vivirán con sus padres cuando su interés superior así lo aconseje, e incluso que, en estos casos, se intervendrá con la familia para intentar solucionar los motivos que dieron lugar a la separación y procurar que esta termine lo antes posible[3].
En el ámbito internacional, el artículo 6 de la Declaración de Derechos de la Niñez se refiere a la necesidad de que los niños y niñas crezca “al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material”. Se menciona, además que, salvo circunstancias excepcionales, no se les debe separar de su madre cuando son de corta edad. En el mismo sentido, el artículo 3 de la Declaración sobre los principios sociales y jurídicos relativos a la protección y el bienestar de la infancia, con especial referencia a la adopción y la colocación en hogares de guarda, en los ámbitos nacional e internacional, recoge como primera prioridad que el niño sea cuidado por su familia de nacimiento.
También el Convenio de La Haya sobre adopción internacional de 1993 menciona en su Preámbulo que cada Estado debería, como prioridad, tomar las medidas adecuadas para permitir que los niños y niñas permanezcan bajo el cuidado de su familia de origen.
En cuanto a la legislación española, la Constitución de 1978, sin referirse específicamente a esta cuestión, recoge en su artículo 39.3 la obligación de los padres de asistir a su progenie habida dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad. La Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor de 1996 menciona, entre sus principios rectores, el mantenimiento de niños y niñas en su medio familiar de origen, salvo que sea inconveniente para su interés (Artículo 11.2). Y las legislaciones autonómicas reguladoras de la protección de menores, establecen como criterio la permanencia del niño/a con su familia siempre que sea posible[4], el derecho de los niños y niñas a permanecer con su familia[5], y la limitación de las separaciones de su entorno a los casos en los que sea estrictamente necesario[6].
Este derecho a permanecer con la familia de origen (incluyendo en ella a la familia extensa, e incluso en algunos casos a la “comunidad” o el “vecindario”), implica el reconocimiento del derecho del niño o niña a que su familia reciba las ayudas necesarias para cuidarle cuando no pueda o no sepa ejercer esta función por sí misma.
En este sentido se ha pronunciado en varias sentencias el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que menciona la necesidad de que las autoridades competentes pongan todos los medios necesarios para ayudar a las familias a superar las dificultades que les impiden vivir con sus hijos e hijas. Califica de insuficientes para decidir la separación de los mismos de sus progenitores motivos tales como las imposibilidad de estos últimos de ofrecer condiciones de alojamiento adecuadas o de asegurar ingresos regulares, y entiende que, ante estas circunstancias, son posibles otro tipo de medidas menos drásticas[7].
A esta cuestión se refiere también la Asamblea General de Naciones Unidas que, en un documento titulado “Guidelines for the alternative care of children” de 2009, menciona que los estados deben tomar medidas para evitar el abandono, la renuncia y la separación de los niños y niñas de sus familias. Para ello deben contar con políticas que apoyen a las familias en la tarea de asumir sus responsabilidades parentales, ayudarlos a adquirir las habilidades necesarias para cuidar adecuadamente de sus hijos e hijas, y promover el derecho de estos últimos a relacionarse con sus familias[8].
En los países de nuestro entorno, y así ocurre en España, es frecuente la existencia de ayudas económicas, medidas de formación, asesoramiento y apoyo para ayudar a las familias a cumplir con sus responsabilidades adecuadamente, y de supervisión por parte de los poderes públicos para tratar de asegurar que desarrollan de forma satisfactoria sus tareas de cuidado.
En general, como mencionaremos después, este tipo de ayudas no suelen ser frecuentes en los países donde se realizan adopciones internacionales e, incluso en España, son susceptibles de importantes mejoras, entre las que se pueden apuntar las siguientes:
Sería conveniente introducir la necesidad de justificar el gasto en los casos de ayudas económicas (cheque bebé, rentas mínimas…) o, incluso, de facilitar las ayudas en especie (ropa, leche, pañales, etc.).
En cuanto a la formación y el asesoramiento a las familias, es preciso incrementar y mejorar los recursos de apoyo y acompañamiento, especialmente en los primeros años de vida de los niños y niñas, para evitar que las relaciones familiares se cimienten sobre criterios que pueden dar lugar a dificultades, violencia intrafamiliar, maltrato negligente, etc.
Con respecto a la supervisión de las autoridades públicas, es más que necesario insistir en su obligación de detectar casos de desprotección o desamparo, y tomar medidas protectoras y preventivas en los casos en los que, aunque no se tenga la certeza, se pueda sospechar que un niño o niña está siendo maltratada por la familia con la que vive. Son tristemente frecuentes, y conocidos a través de los medios de comunicación, los casos en los que las autoridades competentes tenían conocimiento o sospecha de que un niño o niña no estaba siendo cuidado adecuadamente por su familia y, por no intervenir a tiempo o no prever las medidas adecuadas, los daños personales han terminado siendo terribles e irreversibles".
*No sólo es dar declaraciones al por mayor, sino tener conciencia de lo que se dice y no desinformar, esta claro que las declaraciones por Camacho contravienen este anterior tratado. Y no me resta más que decir que un poquito de mesura no le caería nada mal.
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@yohaliresendiz
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